Para tener en cuenta

Anses confirmó que pagará el bono extra de $70.000 en octubre: quiénes pueden cobrarlo

A través del Boletín Oficial, se confirmó que la Administración Nacional de la Seguridad Social pagará el bono previsional a jubilados. Los detalles.

Tras varias dudas sobre si el Gobierno de Javier Milei pagaría el bono previsional a jubilados de $ 70.000, este lunes se confirmó en el Boletín Oficial que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) sí abonará el extra durante el mes de octubre.

En el Decreto 861/2024, firmado por el presidente, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, se oficializó que los beneficiarios de la ayuda económica podrán acceder al cobro del monto que, desde marzo, el Ejecutivo nacional mantiene congelado.

Anses: quienes podrán cobrar el bono de $ 70.000 en octubre

Según destaca la agencia Noticias Argentinas, el bono extraordinario previsional será liquidado por titular e incluye a:

  • Personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
  • Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;
  • Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses.

En los considerandos, se establece que -al igual que en meses anteriores en los que también se otorgó el bono- aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior al haber mínimo previsional, el importe máximo del bono extraordinario será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir se paga la diferencia hasta llegar al nivel que fija la prestación mínima más el bono.

En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del bono que se otorga por decreto.

El mismo tiene carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto. Fuente: NA, ElDoce.TV

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