Incrementos

Atención: a partir de febrero aumenta la tarifa de energía eléctrica

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) advirtió que se actualizará la tarifa de energía eléctrica desde este mes. Detalles.

Por Sitio Andino Economía

La Secretaría de Energía de la Nación fijó los nuevos precios trimestrales para el servicio eléctrico, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de febrero al 31 de abril de 2025, a través de las Resoluciones 26/2025 y 36/2025. Esta medida, además estableció una reducción gradual del subsidio, conforme lo establecido en Resolución 36/2025 de la Secretaría de Energía de la Nación, del orden del 1% mensual a partir de febrero para los usuarios categorizados en Nivel 2 y 3.

Recordamos que para los usuarios categorizados en Nivel 2 continúa el tope de consumo subsidiado hasta los 700 kWh/Bimestrales (350kWh/mes) y para los usuarios categorizados en Nivel 3, el tope es hasta los 500 kWh/bimestrales (250 kWh/mes). El consumo excedente se abona al precio del Nivel 1.

Por otro lado, se actualiza el Valor Agregado de Distribución – VAD - el otro componente de la tarifa de energía eléctrica de jurisdicción provincial, de acuerdo con el Decreto 1680/2024. Recordamos que esta adecuación del VAD surge de las variaciones económicas de las estructuras de costos de las distribuidoras y tiene como objeto, acompañar la variación de precios de la economía, los que varían como consecuencia de la inflación. Asimismo, estas revisiones van en concordancia con las actualizaciones trimestrales de los precios estacionales que efectúa la Secretaría de Energía de la Nación.

En este marco, el impacto promedio en Tarifa a Usuario Final (costo de abastecimiento + VAD) con impuestos, para el mes de febrero es del orden del 3%, de acuerdo con el consumo del usuario y su categoría tarifaria. El Impacto promedio para los Usuarios Residenciales es:

  • Residenciales T1R1 (hasta 299kWh bimestrales) en promedio $ 1.200 mensuales
  • Residenciales T1R2 (desde 300 a 599kWh bimestrales) en promedio $ 2.600 mensuales
  • Residenciales T1R3 (mayores a 600kWh bimestrales) en promedio $ 8.100 mensuales
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El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) advirtió que se actualizará la tarifa de energía eléctrica desde este mes. Detalles.

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) advirtió que se actualizará la tarifa de energía eléctrica desde este mes. Detalles.

Sigue abierto el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía

Los interesados deberán ingresar al siguiente sitio Web: www.argentina.gob.ar/subsidios o mediante el sitio web del EPRE https://epremendoza.gob.ar/segmentacion-tarifaria/ y completar el formulario. Es importante que antes de empezar el trámite el usuario tenga a mano la siguiente documentación:

  • Número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red.
  • DNI (Último ejemplar).
  • CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tener a mano el número de registro.

Recordamos que la segmentación está organizada en tres niveles:

Segmento de ingresos altos (N1): Hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $3.585.523 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Segmento de ingresos medios (N3): Hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos mensuales totales entre $1.024.435 y $3.585.523 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC.
  • Poseer hasta 2 inmuebles.
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
  • Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
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El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) advirtió que se actualizará la tarifa de energía eléctrica desde este mes. Detalles.

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) advirtió que se actualizará la tarifa de energía eléctrica desde este mes. Detalles.

Segmento de menores ingresos (N2): Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a $ 1.024.435 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a 1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC.

  • Poseer hasta 1 inmueble.
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

  • Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
  • Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen el equivalente a 1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

  • Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a una canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

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